La inscripción de contratos de arrendamiento financiero (leasing) en el Registro de Bienes Muebles (RBM) es un trámite que tiene como finalidad dotar de publicidad y protección frente a terceros a los bienes objeto de leasing.
Esta inscripción asegura que la entidad financiera o arrendador tenga prioridad sobre otros acreedores y permite verificar la situación legal del bien.
A continuación, se detalla de manera completa todo lo relacionado con este proceso.
Fundamento legal
La inscripción de contratos de leasing en el RBM se regula principalmente por:
-
Ley 16/1954, sobre Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin Desplazamiento de Posesión, que permite la constitución de garantías sobre bienes muebles.
-
Código de Comercio, artículos sobre publicidad mercantil de bienes y derechos.
-
Reglamento del Registro Mercantil (RRM), artículos 81 a 100, que regulan la inscripción de bienes muebles y cargas.
-
Ley 27/2014 de arrendamiento financiero y sus modificaciones, que regula los derechos y obligaciones de arrendadores y arrendatarios.
-
Instrucciones de la DGSJFP, sobre la inscripción de leasing y publicidad registral de bienes muebles.
Naturaleza jurídica
-
El leasing es un contrato de arrendamiento financiero mediante el cual el arrendador (entidad financiera) cede al arrendatario el uso de un bien a cambio de cuotas periódicas, con opción de compra al final del contrato.
-
La inscripción en el RBM tiene un carácter constitutivo frente a terceros, garantizando:
-
Publicidad de la titularidad registral del bien.
-
Prioridad del arrendador frente a acreedores o terceros que reclamen el bien.
-
-
La inscripción protege tanto al arrendador como al arrendatario, dejando constancia de la existencia del contrato y de sus condiciones principales.
Sujetos implicados
-
Arrendador o entidad financiera, titular del derecho de propiedad sobre el bien durante el contrato de leasing.
-
Arrendatario, que tiene el uso del bien y la obligación de pago de las cuotas.
-
Registro de Bienes Muebles, autoridad encargada de la inscripción y publicidad del contrato.
Documentación necesaria
Para inscribir un contrato de leasing en el RBM se requiere:
-
Solicitud de inscripción indicando:
-
Datos del bien objeto del leasing (vehículo, maquinaria, equipo industrial, etc.)
-
Datos del arrendador y arrendatario (nombre o razón social, DNI/NIE o NIF, domicilio)
-
Número de contrato y fecha de firma
-
-
Contrato de arrendamiento financiero firmado por las partes, donde consten:
-
Objeto del leasing
-
Cuotas, plazos y opción de compra
-
Cláusulas de prenda o reserva de dominio
-
-
Documentación del bien:
-
Matrícula y número de bastidor (vehículos)
-
Factura de compra o título de propiedad
-
-
Pago de tasas registrales
-
Representación del órgano social, si alguna de las partes es persona jurídica.
Nota: Para vehículos, es habitual que la inscripción se haga junto con la reserva de dominio que protege al arrendador.
Procedimiento de inscripción
Paso 1: Preparación de la solicitud
-
Se elabora la solicitud de inscripción, indicando todos los datos del contrato y del bien.
-
Se adjunta el contrato de leasing y la documentación del bien.
Paso 2: Presentación
-
Presencial: en el Registro de Bienes Muebles correspondiente al domicilio del titular del bien o del arrendador.
-
Telemática: mediante la plataforma de los Colegios de Registradores, con firma electrónica reconocida.
Paso 3: Calificación registral
-
El registrador verifica:
-
Existencia y validez del contrato
-
Identificación correcta de las partes y del bien
-
Ausencia de conflictos o cargas previas que impidan la inscripción
-
Paso 4: Inscripción
-
Se realiza un asiento registral indicando:
-
Bien objeto del leasing
-
Datos del arrendador y arrendatario
-
Condiciones principales del contrato y eventuales garantías
-
-
Se expide una certificación registral, que acredita la inscripción del contrato de leasing.
Plazos
-
La inscripción suele realizarse en 24–48 horas tras la presentación completa.
-
La inscripción tiene efecto desde la fecha de asiento, garantizando prioridad frente a terceros.
Efectos de la inscripción
-
Publicidad frente a terceros, permitiendo conocer la existencia del leasing y las cargas asociadas al bien.
-
Prioridad del arrendador sobre otros acreedores del arrendatario.
-
Seguridad jurídica en operaciones de compraventa o financiación del bien durante el contrato.
-
Facilita ejecución de garantías en caso de impago de cuotas, mediante la inscripción de la prenda o reserva de dominio.
Consecuencias de no inscribir
-
El contrato no tiene publicidad frente a terceros, aumentando el riesgo de conflictos o reclamaciones de otros acreedores.
-
La prioridad del arrendador frente a terceros queda limitada o nula.
-
Problemas en la transmisión del bien o ejecución de garantías.
Solicitar inscripción
A continuación puede solicitar la inscripción:
- Recopile toda la documentación necesaria para la inscripción.
- Cuando tenga la documentación, realice aquí la solicitud de inscripción.
- Cuando recibamos la solicitud, se hará la inscripción en el Registro de Bienes Muebles.
El coste de la inscripción es de 169,40€.
Realice a continuación la solicitud de inscripción: