Inscripción de actos y documentos relacionados con administradores y cargos en el Registro Mercantil


La inscripción de actos y documentos relativos a los administradores y otros cargos sociales en el Registro Mercantil es uno de los trámites más frecuentes en la vida de una sociedad.

Este procedimiento garantiza la publicidad legal de quién ostenta la representación y administración de la empresa, así como los cambios que puedan producirse en esos cargos.


¿Qué es la inscripción de actos relativos a administradores y cargos?

Es el asiento registral mediante el cual se inscriben en el Registro Mercantil los nombramientos, ceses, renovaciones o cambios de funciones de los administradores, consejeros, auditores, liquidadores u otros cargos con representación o responsabilidad en la sociedad.

Su finalidad principal es dar publicidad y seguridad jurídica a las personas que actúan en nombre de la empresa frente a terceros.


Cargos y actos que deben inscribirse

Los principales actos inscribibles son los siguientes:

  1. Nombramiento de administradores

    • Administrador único

    • Administradores solidarios o mancomunados

    • Consejo de administración (y designación de presidente, vicepresidente, secretario, etc.)

  2. Cese, dimisión o revocación de administradores

  3. Reelección o renovación de cargos

  4. Cambio en la estructura del órgano de administración
    (por ejemplo, pasar de administrador único a consejo de administración)

  5. Nombramiento y cese de liquidadores

  6. Nombramiento y cese de auditores de cuentas

  7. Delegación de facultades (por el consejo de administración o por los administradores)

  8. Poderes generales o especiales (aunque en este caso la inscripción es voluntaria, se recomienda para mayor seguridad jurídica).


Documentos necesarios para la inscripción

  1. Escritura pública otorgada ante notario, que recoja:

    • El acuerdo social de nombramiento, cese o modificación.

    • La aceptación del cargo (si es un nombramiento).

    • En su caso, la renuncia (si es un cese por dimisión).

  2. Certificación del acuerdo expedida por el secretario del órgano social con el visto bueno del presidente.

  3. Instancia de presentación en el Registro Mercantil.

  4. Acreditación de identidad y, si procede, del cumplimiento de requisitos legales específicos (por ejemplo, declaración de no inhabilitación).

  5. NIF de la sociedad y justificante del pago del impuesto (en caso de ser necesario).


Procedimiento paso a paso

  1. Adopción del acuerdo

    • Por la Junta General o el Consejo de Administración, según lo previsto en los estatutos.

  2. Elevación a escritura pública

    • El notario incluye el acuerdo, la aceptación o renuncia, y las menciones necesarias.

  3. Presentación en el Registro Mercantil del domicilio social

    • Dentro del plazo de un mes desde el otorgamiento de la escritura.

  4. Calificación e inscripción

    • El registrador examina la legalidad y, si procede, inscribe el acto.

    • Se publica un anuncio en el BORME (Boletín Oficial del Registro Mercantil).


Plazos

  • 1 mes para presentar la escritura desde su otorgamiento (art. 58 RRM).

  • El registrador dispone de 15 días hábiles para calificar e inscribir.


Efectos de la inscripción

  • Frente a terceros: los nombramientos, ceses o delegaciones no producen efectos frente a terceros hasta su inscripción en el Registro Mercantil y publicación en el BORME.

  • Internamente: el nombramiento o cese puede surtir efectos dentro de la sociedad desde la aceptación o el acuerdo, aunque no esté inscrito.

  • La inscripción garantiza la publicidad y presunción de validez del cargo inscrito.


Ejemplo práctico

  1. Una S.L. tiene un administrador único que dimite.
  2. La Junta General nombra a un nuevo administrador.
  3. Se otorga escritura pública con el acuerdo y la aceptación.
  4. Se presenta en el Registro Mercantil.
  5. Una vez inscrito y publicado en el BORME, el nuevo administrador puede actuar válidamente frente a terceros (bancos, clientes, administraciones, etc.).

Coste de la inscripción en el Registro Mercantil

El coste de la inscripción en el Registro Mercantil es de 665,50€.


Solicitud de inscripción en el Registro

  1. Recopile la documentación indicada.
  2. Una vez tenga toda la documentación, realice la solicitud y el pago que hay a continuación.
  3. Cuando recibamos la solicitud con la documentación, se procederá a realizar la inscripción en el Registro Mercantil.
  4. Una vez terminada la inscripción se lo notificaremos.

Para solicitar la inscripción en el Registro Mercantil rellene el siguiente formulario:

Datos de la empresa sobre la que solicita la inscripción

Suelta archivos aquí o
Tamaño máximo de archivo: 128 MB.

    Datos del solicitante

    Pago seguro con tarjeta o transferencia a través de PayPal

    Pago seguro(Obligatorio)