Inscripción de contratos de arrendamiento financiero en el Registro de Bienes Muebles


La inscripción de contratos de arrendamiento financiero (leasing) en el Registro de Bienes Muebles (RBM) es un trámite que tiene como finalidad dotar de publicidad y protección frente a terceros a los bienes objeto de leasing.

Esta inscripción asegura que la entidad financiera o arrendador tenga prioridad sobre otros acreedores y permite verificar la situación legal del bien.

A continuación, se detalla de manera completa todo lo relacionado con este proceso.


Fundamento legal

La inscripción de contratos de leasing en el RBM se regula principalmente por:

  • Ley 16/1954, sobre Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin Desplazamiento de Posesión, que permite la constitución de garantías sobre bienes muebles.

  • Código de Comercio, artículos sobre publicidad mercantil de bienes y derechos.

  • Reglamento del Registro Mercantil (RRM), artículos 81 a 100, que regulan la inscripción de bienes muebles y cargas.

  • Ley 27/2014 de arrendamiento financiero y sus modificaciones, que regula los derechos y obligaciones de arrendadores y arrendatarios.

  • Instrucciones de la DGSJFP, sobre la inscripción de leasing y publicidad registral de bienes muebles.


Naturaleza jurídica

  • El leasing es un contrato de arrendamiento financiero mediante el cual el arrendador (entidad financiera) cede al arrendatario el uso de un bien a cambio de cuotas periódicas, con opción de compra al final del contrato.

  • La inscripción en el RBM tiene un carácter constitutivo frente a terceros, garantizando:

    1. Publicidad de la titularidad registral del bien.

    2. Prioridad del arrendador frente a acreedores o terceros que reclamen el bien.

  • La inscripción protege tanto al arrendador como al arrendatario, dejando constancia de la existencia del contrato y de sus condiciones principales.


Sujetos implicados

  1. Arrendador o entidad financiera, titular del derecho de propiedad sobre el bien durante el contrato de leasing.

  2. Arrendatario, que tiene el uso del bien y la obligación de pago de las cuotas.

  3. Registro de Bienes Muebles, autoridad encargada de la inscripción y publicidad del contrato.


Documentación necesaria

Para inscribir un contrato de leasing en el RBM se requiere:

  1. Solicitud de inscripción indicando:

    • Datos del bien objeto del leasing (vehículo, maquinaria, equipo industrial, etc.)

    • Datos del arrendador y arrendatario (nombre o razón social, DNI/NIE o NIF, domicilio)

    • Número de contrato y fecha de firma

  2. Contrato de arrendamiento financiero firmado por las partes, donde consten:

    • Objeto del leasing

    • Cuotas, plazos y opción de compra

    • Cláusulas de prenda o reserva de dominio

  3. Documentación del bien:

    • Matrícula y número de bastidor (vehículos)

    • Factura de compra o título de propiedad

  4. Pago de tasas registrales

  5. Representación del órgano social, si alguna de las partes es persona jurídica.

Nota: Para vehículos, es habitual que la inscripción se haga junto con la reserva de dominio que protege al arrendador.


Procedimiento de inscripción

Paso 1: Preparación de la solicitud

  • Se elabora la solicitud de inscripción, indicando todos los datos del contrato y del bien.

  • Se adjunta el contrato de leasing y la documentación del bien.

Paso 2: Presentación

  • Presencial: en el Registro de Bienes Muebles correspondiente al domicilio del titular del bien o del arrendador.

  • Telemática: mediante la plataforma de los Colegios de Registradores, con firma electrónica reconocida.

Paso 3: Calificación registral

  • El registrador verifica:

    • Existencia y validez del contrato

    • Identificación correcta de las partes y del bien

    • Ausencia de conflictos o cargas previas que impidan la inscripción

Paso 4: Inscripción

  • Se realiza un asiento registral indicando:

    • Bien objeto del leasing

    • Datos del arrendador y arrendatario

    • Condiciones principales del contrato y eventuales garantías

  • Se expide una certificación registral, que acredita la inscripción del contrato de leasing.


Plazos

  • La inscripción suele realizarse en 24–48 horas tras la presentación completa.

  • La inscripción tiene efecto desde la fecha de asiento, garantizando prioridad frente a terceros.


Efectos de la inscripción

  1. Publicidad frente a terceros, permitiendo conocer la existencia del leasing y las cargas asociadas al bien.

  2. Prioridad del arrendador sobre otros acreedores del arrendatario.

  3. Seguridad jurídica en operaciones de compraventa o financiación del bien durante el contrato.

  4. Facilita ejecución de garantías en caso de impago de cuotas, mediante la inscripción de la prenda o reserva de dominio.


Consecuencias de no inscribir

  • El contrato no tiene publicidad frente a terceros, aumentando el riesgo de conflictos o reclamaciones de otros acreedores.

  • La prioridad del arrendador frente a terceros queda limitada o nula.

  • Problemas en la transmisión del bien o ejecución de garantías.


Solicitar inscripción

A continuación puede solicitar la inscripción:

  1. Recopile toda la documentación necesaria para la inscripción.
  2. Cuando tenga la documentación, realice aquí la solicitud de inscripción.
  3. Cuando recibamos la solicitud, se hará la inscripción en el Registro de Bienes Muebles.

El coste de la inscripción es de 169,40€.

Realice a continuación la solicitud de inscripción:

Datos del bien a inscribir

Suelta archivos aquí o
Tamaño máximo de archivo: 128 MB.

    Datos del solicitante

    Pago seguro con tarjeta o transferencia a través de PayPal