La cancelación de usufructo, uso o habitación en el Registro de la Propiedad es el procedimiento mediante el cual se suprime la inscripción de estos derechos reales sobre un inmueble, devolviendo al propietario o nudo propietario el pleno dominio y disfrute de la finca.
Esta cancelación proporciona seguridad jurídica y publicidad frente a terceros.
Concepto
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Usufructo: derecho real que permite a una persona usar y disfrutar de un inmueble ajeno, percibiendo sus frutos.
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Uso y habitación: derechos similares al usufructo, pero más limitados; el uso permite aprovechar los bienes, y la habitación permite habitar la vivienda sin percibir rentas.
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La cancelación implica que el derecho se extingue y deja de gravar el inmueble.
Causas de extinción
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Por fallecimiento del usufructuario o usuario (si era vitalicio).
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Por cumplimiento del plazo (si era temporal).
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Por consolidación: cuando el usufructuario, usuario o habitador adquiere la nuda propiedad, fusionándose ambos derechos en la misma persona.
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Por renuncia expresa: el titular del derecho renuncia mediante escritura pública.
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Por resolución judicial: cuando se declare la extinción por incumplimiento de obligaciones o por otra causa legal.
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Pérdida total del bien: si el inmueble deja de existir o queda destruido.
Documentación necesaria
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Título justificativo de la extinción:
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Escritura pública de renuncia.
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Mandamiento judicial que ordene la extinción.
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Certificado de defunción (en caso de usufructo vitalicio).
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Identificación del inmueble: número de finca registral y referencia catastral.
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Liquidación de impuestos si corresponde (normalmente no se genera tributación por extinción voluntaria, salvo determinadas transmisiones).
Procedimiento registral
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Presentación del título acreditativo de la extinción en el Registro de la Propiedad correspondiente.
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Asiento de presentación: garantiza prioridad frente a otros actos.
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Calificación registral: el registrador comprueba:
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Que la extinción esté debidamente acreditada.
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Que la finca y las partes estén correctamente identificadas.
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Cancelación de la inscripción:
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El registrador elimina el derecho del folio de la finca.
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Se refleja que el propietario recupera el pleno dominio y disfrute del inmueble.
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Efectos de la cancelación
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Restablecimiento del dominio pleno del propietario o nudo propietario.
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Publicidad registral: cualquier tercero puede constatar que el derecho ha sido extinguido.
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Seguridad jurídica: garantiza que nadie pueda alegar derechos de usufructo, uso o habitación inexistentes.
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Facultad de disposición completa: el propietario puede vender, arrendar o hipotecar el inmueble sin restricciones derivadas de estos derechos.
Ejemplo práctico
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Un padre dona un piso a su hijo pero se reserva usufructo vitalicio.
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Tras su fallecimiento, los herederos presentan certificado de defunción en el Registro.
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El registrador cancela la inscripción del usufructo y actualiza el folio a favor del hijo, que pasa a tener pleno dominio y disfrute.
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Ahora el hijo puede vender o hipotecar el inmueble libremente.
En resumen: la cancelación de usufructo, uso o habitación en el Registro de la Propiedad permite que el propietario recupere la plena disponibilidad de su inmueble, asegura la publicidad frente a terceros y refuerza la seguridad jurídica del tráfico inmobiliario.
Solicitar cancelación de usufructo, uso o habitación en el Registro de la Propiedad