Inscripción de compraventa de inmueble en el Registro de la Propiedad


La compraventa de un inmueble es un contrato por el cual el propietario transmite la propiedad a otra persona a cambio de un precio.

La inscripción en el Registro otorga seguridad jurídica y publicidad, protegiendo al comprador frente a terceros y garantizando su titularidad registral.

Requisitos para la inscripción

  1. Título inscribible:

    • Escritura pública otorgada ante notario que formalice la compraventa.

    • Debe incluir identificación del vendedor, comprador, inmueble, precio y condiciones de la operación.

  2. Identificación del inmueble:

    • Número de finca registral y referencia catastral.

  3. Justificante de impuestos:

    • ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales) para compraventas entre particulares.

    • IVA si se trata de vivienda nueva o local comercial en determinados casos.

    • AJD (Actos Jurídicos Documentados) por la elevación a escritura pública.

    • Plusvalía municipal (IIVTNU) si corresponde.

Procedimiento de inscripción en el Registro

  1. Presentación de la escritura en el Registro de la Propiedad correspondiente al inmueble.

  2. Asiento de presentación: asigna fecha de prioridad frente a otros derechos o cargas.

  3. Calificación registral: el registrador verifica:

    • Validez formal de la escritura.

    • Capacidad y legitimación de las partes.

    • Que el inmueble esté correctamente identificado.

    • Situación de cargas o gravámenes existentes.

  4. Inscripción: se actualiza el folio registral con:

    • Datos del nuevo titular (comprador).

    • Transmisión del dominio.

    • Eventuales cargas o limitaciones existentes.

Efectos de la inscripción

  • Legitimación registral: el comprador pasa a ser titular protegido.

  • Publicidad frente a terceros: cualquier interesado puede consultar la Nota Simple y conocer la titularidad y cargas.

  • Oponibilidad frente a terceros: garantiza que futuros adquirentes o acreedores respeten la situación del inmueble.

  • Prioridad: la fecha de inscripción determina el orden frente a otras cargas o derechos posteriores.

Ejemplo práctico

  • Luis compra un piso en Valencia a Marta por 150.000 €.

  • Firman escritura pública ante notario, liquidando ITP y plusvalía municipal.

  • Presentan la escritura y justificantes en el Registro de la Propiedad de Valencia.

  • El registrador inscribe a Luis como nuevo propietario, manteniendo las cargas existentes (hipoteca, servidumbres).

  • A partir de entonces, Luis puede vender, hipotecar o transmitir el piso con plena seguridad jurídica.

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