Cancelación de anotación preventiva en el Registro de la Propiedad


La cancelación de una anotación preventiva en el Registro de la Propiedad es el procedimiento mediante el cual se elimina una inscripción provisional o preventiva que limita la disposición de un inmueble o anuncia un derecho en trámite, dejando el folio libre de restricciones.

La cancelación garantiza la plena disponibilidad del inmueble y la seguridad jurídica frente a terceros.


Concepto

  • Una anotación preventiva es un asiento registral que reserva o advierte la existencia de un derecho o procedimiento pendiente sobre un inmueble (demanda, embargo, resolución judicial, hipoteca futura, etc.).

  • Su función es proteger derechos futuros y otorgar prioridad temporal, pero no constituye un derecho definitivo.

  • La cancelación elimina la anotación cuando desaparece la causa que la motivó.


Causas de cancelación

  1. Extinción o resolución de la causa que motivó la anotación:

    • Se retira una demanda si se desestima o se archiva.

    • Se cancela un embargo si se paga la deuda o se dicta resolución judicial favorable al deudor.

  2. Transcurso del plazo legal:

    • Muchas anotaciones preventivas caducan automáticamente (normalmente 4 años) si no se prorrogan.

  3. Acuerdo entre las partes:

    • Por ejemplo, un acreedor que otorga finiquito o renuncia a la garantía inscrita.

  4. Sentencia judicial o resolución administrativa que ordena la cancelación.


Documentación necesaria

  • Título justificativo de la cancelación:

    • Mandamiento judicial de levantamiento.

    • Certificado administrativo acreditando el fin de la causa.

    • Escritura pública de acuerdo entre las partes.

  • Identificación del inmueble: número de finca registral y referencia catastral.

  • Documentación adicional: poder notarial si quien solicita la cancelación no es el titular.


Procedimiento registral

  1. Presentación del título en el Registro de la Propiedad correspondiente.

  2. Asiento de presentación: otorga prioridad temporal de la solicitud.

  3. Calificación registral: el registrador verifica:

    • Que la documentación sea suficiente y válida.

    • Que la anotación preventiva exista en el folio.

  4. Cancelación de la anotación preventiva:

    • El registrador suprime la anotación en el folio de la finca, liberando la carga sobre el inmueble.


Efectos de la cancelación

  • Restablecimiento de la libre disposición del inmueble por el propietario.

  • Publicidad registral: terceros pueden constatar que ya no existe limitación.

  • Seguridad jurídica: elimina incertidumbre sobre derechos o cargas en trámite.

  • Prevención de conflictos: evita que futuros adquirentes o acreedores se vean afectados por anotaciones inexistentes.


Ejemplo práctico

  • Un juzgado anota preventivamente un inmueble por demanda de impago hipotecario.

  • Tras la resolución favorable al propietario, se obtiene mandamiento judicial de cancelación.

  • Se presenta en el Registro de la Propiedad.

  • El registrador cancela la anotación preventiva, dejando la finca libre de limitaciones.

  • El propietario puede ahora vender, hipotecar o disponer del inmueble sin restricciones.


En resumen: la cancelación de anotación preventiva en el Registro de la Propiedad permite restablecer la plena disponibilidad del inmueble, garantiza la claridad registral y la seguridad jurídica y protege tanto al propietario como a terceros en el tráfico inmobiliario.


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