Registro de Actos de Última Voluntad


El Registro General de Actos de Última Voluntad es un registro oficial dependiente del Ministerio de Justicia de España, cuya función es guardar constancia de todos los testamentos otorgados ante notario en territorio español.

No guarda los testamentos en sí, sino un registro de cuándo y ante qué notario se firmaron, permitiendo conocer si una persona fallecida hizo testamento y dónde puede obtenerse.


Gestiones con el Registro de Actos de Última Voluntad

Solicitar Certificado de Actos de Última Voluntad


¿Qué es exactamente?

Es una base de datos nacional donde los notarios comunican todos los testamentos otorgados ante ellos.

Cada vez que alguien hace testamento, el notario envía una comunicación al Registro, que guarda el dato, pero no el contenido del testamento.


¿Para qué sirve?

El Registro sirve para:

  • Comprobar si una persona fallecida otorgó testamento.

  • Saber qué notario lo autorizó y en qué fecha.

  • Permitir a los herederos solicitar una copia autorizada del testamento en la notaría correspondiente.

No se puede conocer el contenido del testamento a través del Registro; solo el notario puede facilitar una copia autorizada a los herederos.


¿Cuándo se puede consultar?

Solo se puede solicitar el certificado pasados 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento, porque el Registro necesita ese tiempo para recibir la notificación del notario.


¿Quién puede pedirlo?

Cualquier persona con interés legítimo, normalmente:

  • Herederos o familiares directos.

  • Abogados o gestores en representación de los herederos.